Los sobrevivientes de los incendios forestales ocurridos en el condado Los Ángeles pueden ser elegibles para recibir asistencia por desastre de FEMA, que está destinada a satisfacer las necesidades básicas de su familia por los daños causados directamente por el desastre. FEMA no puede duplicar los pagos del seguro, pero puede ayudar en los casos en que el seguro no puede.
¿Qué debo saber sobre la asistencia de FEMA si tengo seguro?
Debe informar a FEMA sobre toda la cobertura de seguro que tiene cuando solicite asistencia. Esto incluye seguros para propietarios de viviendas, inquilinos, vehículos, casas móviles, seguros médicos, de entierro y otros. FEMA no puede pagar los costos que cubre su seguro, por lo que debe presentar un reclamo a su compañía de seguros de inmediato para determinar para lo que es elegible y para cuáles necesidades es posible que aún necesite ayuda.
Usted puede ser elegible ahora o más adelante para la Asistencia Individual de FEMA si:
- Su compañía de seguros le negó el reclamo.
- Su reclamo de seguro ha sido resuelto y puede demostrarle a FEMA que su seguro no cubrió sus pérdidas.
- Su reclamo de seguro se retrasa.
- No tiene cobertura de gastos de subsistencia adicionales (ALE, por sus siglas en inglés), Pérdida de Uso (LOU, por sus siglas en inglés) o puede demostrar que ha agotado sus beneficios de ALE/LOU.
¿Cómo puede ayudar FEMA si mi reclamo de seguro se retrasa?
En algunos casos, FEMA puede brindarle asistencia mientras espera la liquidación de su seguro.
- Si han pasado 30 días o más desde que presentó su reclamo de seguro y no ha recibido fondos, comuníquese con la línea de ayuda de FEMA al 1-800-621-3362.
- También puede ser elegible para un pago por adelantado de FEMA. Estos fondos se consideran un préstamo si los fondos del seguro están disponibles y deben ser reembolsados a FEMA una vez que reciba su liquidación de su compañía de seguros.
¿Qué pasa si todavía necesito ayuda después de recibir dinero de mi seguro?
En algunos casos, FEMA puede ayudar a pagar los costos que su seguro no cubre. Si aún necesita ayuda, envíe a FEMA inmediatamente una copia de los documentos que recibió de su compañía de seguros. Los documentos que debe presentar pueden incluir:
- Información de liquidación del seguro.
- Carta de denegación del seguro, incluida una denegación porque los daños no excedieron el deducible de la póliza.
- Comprobante de no tener cobertura de seguro, como una póliza con exclusión por causas específicas de daños.
¿Cómo puedo presentar los documentos?
- Cárguelo en su cuenta de asistencia por desastre en DisasterAssistance.gov/es.
- Por correo, a: FEMA
P.O. Box 10055
Hyattsville, MD 20782-8055 - Envíe un fax al 1-800-827-8112.
- Visite un Centro de Recuperación por Desastre. Para localizar un DRC cerca de usted, visite el Localizador de DRC o envíe un mensaje de texto con la palabra “CENTRO” y su código postal al 43362 (ejemplo: “CENTRO 91001”).
- Siempre puede llamar al 1-800-621-3362 si tiene preguntas o para obtener más información sobre cómo navegar el proceso de FEMA.
¿Cuánto tiempo tengo después de solicitar la asistencia de FEMA para proporcionar información sobre la liquidación, denegación o póliza del seguro?
FEMA debe recibir información sobre la liquidación o denegación del seguro dentro de los 60 días a partir de la fecha en las cartas de FEMA solicitando documentos del seguro. Incluso después de que haya pasado la fecha límite de solicitud, las solicitudes activas se pueden actualizar con los detalles del seguro. Para obtener más información sobre las fechas límites o para verificar el estado de los documentos cargados, puede llamar al 1-800-621-3362.