Requisitos de estatus migratorio y de ciudadanía para solicitar beneficios federales

FEMA y el gobierno estatal, territorial o tribal podría brindar asistencia económica y directa por desastre a ciudadanos estadounidenses, nacionales no ciudadanos y extranjeros cualificados.

La asistencia por desastre puede incluir fondos para asistencia de alquiler temporal, reparaciones a la vivienda, por pérdida de propiedad personal y otras necesidades urgentes relacionadas con el desastre o gastos no cubiertos por un seguro u otras fuentes.

Cuando estén disponibles, los recursos vitales, como refugio, alimentos e hidratación, consejería de crisis, manejo de casos por desastre y servicios legales por desastre, están disponibles para los sobrevivientes de desastres, independientemente de su ciudadanía y estatus migratorio.

Definiciones

Ciudadano

Toda persona nacida en los EE. UU.; persona que haya nacido fuera de EE. UU. pero que uno de sus progenitores sea estadounidense; o ciudadano naturalizado.

Ciudadano no nacional

Persona nacida en un territorio no incorporado de EE. UU. (p.ej., Samoa Americana o isla de Swains) en alguna fecha después que EE. UU. tomó posesión del territorio, o una persona nacida de padres que son nacionales no ciudadanos estadounidenses. Todos los ciudadanos estadounidenses son nacionales de EE. UU. pero no todos los nacionales de EE. UU. son ciudadanos estadounidenses.

Una persona no ciudadana calificada incluye

  • Persona con residencia legal permanente (titular de un “Green Card”)
  • Refugiados
  • No ciudadanos cuya deportación ha sido suspendida por al menos un año
  • No ciudadanos con permiso condicional de entrada en EE. UU. durante al menos un año por razones humanitarias urgentes o beneficio público significativo
  • Entrantes cubanos o haitianos
  • Algunos no ciudadanos maltratados o sus cónyuges o hijos
  • Algunas víctimas de trata humana severa, que incluye las personas con visas “T” y “U”
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Un grupo variado de personas de pie.

Si un solicitante no cumple con los criterios requeridos de ciudadanía o estatus migratorio al momento en que llena la solicitud, la familia todavía puede solicitar y ser considerado para algunas alternativas de asistencia federal, siempre y cuando:

Padre/Madre o tutor de algún menor de edad que sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o no ciudadano cualificado podrá solicitar asistencia en representación del menor, siempre y cuando vivan en el mismo hogar. El progenitor o tutor legal debe presentar la solicitud como co-solicitante y el hijo menor debe ser menor de 18 años al momento en que ocurrió el desastre.

Todas las personas afectadas por un desastre mayor, independientemente de su ciudadanía o estatus migratorio, pueden ser elegibles para asistencia de consejería de crisis, servicios legales por desastre, manejo de casos por desastre, programa de asistencia nutricional suplementaria por desastre y otros programas de ayuda no monetaria, o similar, de emergencia por desastre. Estos programas incluyen atención médica, alojamiento, alimentos y agua.

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