Preguntas frecuentes sobre Asistencia para gastos fúnebres

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El período del incidente por COVID-19 concluyó el 11 de mayo de 2023. FEMA continuará proveyendo asistencia para gastos fúnebres hasta el 30 de septiembre de 2025 para las personas que perdieron a seres queridos debido a esta pandemia.

Respuestas a preguntas frecuentes

No. Sus ingresos no afectan su elegibilidad, aunque se le pedirá a usted que proporcione los ingresos brutos de su hogar cuando solicita la Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19. FEMA recopila esta información solamente para fines demográficos.

La Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 se considera un pago único para gastos fúnebres, y usted debe solicitar la asistencia después de haber incurrido todos los gastos. Si incurre gastos fúnebres adicionales después de recibir la Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19, tendrá que presentar una apelación y la documentación justificativa adicional (por ejemplo, recibos, el contrato con la funeraria, etc.). La Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 se limita a un máximo de $9,000 por individuo fallecido.

No. La Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 está disponible solamente para los individuos que incurrieron gastos fúnebres por un fallecimiento que se atribuyó a COVID-19 a partir del 20 de enero de 2020.

Se debe enumerar por separado (es decir, detallar) cada costo en el paquete de servicios funerarios. La documentación también debe incluir lo siguiente:

  • El nombre del individuo responsable del costo;
  • El nombre del fallecido;
  • La cantidad total de los gastos funerarios; y
  • La fecha en que se incurrieron los gastos funerarios.

FEMA extendió el plazo para la presentación de documentos para brindar más tiempo para que los individuos puedan recolectar la información y documentación necesaria y por la pandemia, la cual ha causado atrasos en algunas actividades, tales como los servicios conmemorativos.

Actualmente, no hay ninguna fecha límite para solicitar la Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19. Sin embargo, una vez que la solicite, usted tendrá 365 días presentar toda la información y documentación necesaria para completar la solicitud.

Si usted experimenta dificultades para obtener o presentar la información y documentación necesaria, puede pedir asistencia llamando a la Línea de ayuda de Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 al 844-684-6333.

La Línea de ayuda de Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 está disponible de lunes a viernes de 9 a.m. a 9 p.m. en la hora del este. Hay servicios multilingües disponibles. Las personas que usan un servicio de retransmisión, tal como un videoteléfono, deben proporcionar a FEMA el número específico asignado a ellos para ese servicio.

Si se suspende su solicitud, usted aún puede presentar la información y documentación necesaria y FEMA reabrirá su solicitud para procesamiento adicional. No tendrá que presentar una apelación.

El requisito de presentar documentos dentro de 365 días vencerá 12 meses después de que usted presentó su solicitud inicial de Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19. FEMA envía varios recordatorios a los solicitantes durante el plazo de 365 días, incluyendo instrucciones al momento de presentar la solicitud, llamadas telefónicas personales y automáticas, mensajes de texto y/o correspondencia por escrito a 60, 90 y 150 días después de que usted solicite Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 y 60 días antes de la fecha límite de los 365 días.

Sí. Si recibe una notificación de FEMA que se ha suspendido su solicitud, usted puede presentar la información y documentación necesaria y FEMA reabrirá su solicitud para procesamiento adicional. No tendrá que presentar una apelación.

Durante los primeros 365 días después de solicitar Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19, FEMA envía una serie de recordatorios para pedir que usted presente la información y documentación necesaria pendiente. Si no presenta la información y documentación dentro de 365 días, se le notificará que se ha suspendido su solicitud. Cuando la solicitud está suspendida, FEMA no enviará recordatorios adicionales y no dará seguimiento adicional a su solicitud. Si usted ya no desea ser considerado para la Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19, no es necesario hacer nada más. Si desea que FEMA continúe tramitando su solicitud, puede presentar la información y documentación necesaria y FEMA reabrirá su solicitud para procesamiento adicional. No tendrá que presentar una apelación.

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