Preguntas y respuestas sobre vivienda directa en Maui

Release Date:
enero 30, 2024

La Ley Stafford autoriza a la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) para brindar vivienda provisional para hasta 18 meses cuando los solicitantes elegibles no pueden obtener vivienda provisional debido a una falta de recursos de vivienda disponibles. A continuación encontrará respuestas a sus preguntas frecuentes sobre la vivienda provisional.

 

P: ¿Cómo determina FEMA quién tendrá prioridad para recibir una unidad de vivienda provisional?

R: Los sobrevivientes que completan sus solicitudes con FEMA y que proporcionan la documentación necesaria para reflejar los daños significativos en su residencia principal serán puestos en una lista de espera. Algunos casos, tales como los sobrevivientes que están viviendo en refugios públicos, carpas u otro tipo de vivienda insegura, suelen ser considerados los casos de prioridad para recibir la vivienda de FEMA.

 

P: FEMA brinda vivienda a individuos y familias que fueron desplazados por los incendios forestales para plazos de hasta 18 meses. ¿Qué ocurrirá si no puedo encontrar vivienda permanente en 18 meses?

R: Si FEMA, las agencias estatales y los funcionarios locales determinan que existe una necesidad para asistencia continua más allá del período inicial de 18 meses, y usted ha cumplido con todos los requisitos de elegibilidad hasta ese momento, podría ser elegible para una extensión mensual renovable.

  • Para mantener su elegibilidad, debe cumplir con todas las condiciones del acuerdo de la licencia, tales como la de mantener la unidad, reunirse regularmente con el trabajador de su caso y, lo más importante, hacer progreso hacia un plan de vivienda permanente.

 

P: ¿La asistencia para vivienda afectará otros tipos de asistencia de FEMA?

R: No. Si es propietario de vivienda, también podría ser elegible para recibir la asistencia de FEMA para las reparaciones a la vivienda durante el tiempo en que esté viviendo en la unidad provisional. Los propietarios de vivienda e inquilinos también podrían ser elegibles para la Asistencia para otras necesidades de FEMA para los gastos relacionados con los incendios forestales, tales como los gastos médicos y dentales, el cuidado de niños, gastos de mudanza y almacenamiento, gastos fúnebres y la reparación o reemplazo de su propiedad personal esencial.

 

P: ¿Pueden mis invitados pasar la noche en mi unidad de vivienda, o puedo permitir que otros vivan en la unidad o alquilar un cuarto en la unidad?

R: Puede tener a invitados en la unidad, pero no puede alquilar una parte de la unidad para compensación económica. Si un familiar necesita vivir con usted, deberá comunicarse con el trabajador de su caso para cambiar las condiciones de su contrato. Si alguien que vive en su unidad da a luz, FEMA considera al bebé como un residente adicional.

 

P: ¿Puedo llevar mascotas conmigo a la unidad?

R: Sí. Por favor, avise al trabajador de su caso sobre el número y tipos de mascotas que forman parte de su hogar. FEMA le asignará a una unidad de Alquiler Directo que acepta a mascotas.

 

P: ¿Hay algo que puedo hacer para acelerar el proceso?

R: Sí. El programa de Alquiler Directo requiere que usted presente información para una verificación de antecedentes. Por favor, colabore con las compañías de administración de propiedades para completarla de manera oportuna.

 

P: ¿Hay algo que puedo hacer para acelerar el proceso?

R: Para acelerar el proceso, los sobrevivientes deben estar disponibles por teléfono. De esa manera, FEMA puede obtener respuestas a sus preguntas o pasar información para garantizar que se muden a una unidad lo más pronto posible.

 

Para mantenerse en contacto con FEMA, visite DisasterAssistance.gov/es. Haga clic en el botón verde de 'Revisar Estatus' para crear una cuenta por Internet. Utilice el mismo correo electrónico que proporcionó cuando solicitó asistencia. Si usted solicitó asistencia por Internet o mediante la aplicación móvil de FEMA, ya tiene una cuenta de asistencia por desastre.

 

También puede llamar a la Línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362. Si usa un servicio de retransmisión de vídeo, un servicio telefónico con subtítulos u otros, no se olvide de facilitar a FEMA el número de ese servicio. Los operadores de la Línea de ayuda hablan muchos idiomas y las líneas están abiertas de 2 a.m. a 9 p.m., los siete días de la semana. Marque 2 para español. Marque 3 para pedir servicios de interpretación en su idioma.

 

También puede visitar el Centro de Recuperación por Desastre en el Gimnasio del Centro Cívico de Lahaina, 1840 Honoapi‘ilani Highway en Lahaina.

 

Para la información más actualizada sobre las labores de recuperación por el incendio forestal en Maui, visite mauicounty.gov, mauirecovers.org, fema.gov/es/disaster/4724 e Incendios Forestales en Hawái - YouTube. Siga a FEMA en las redes sociales: @FEMARegion9 y facebook.com/fema. También puede obtener información sobre la asistencia por desastre y descargar solicitudes en  sba.gov/es/incendios-hawai.

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