Los propietarios e inquilinos de Carolina del Sur que no puedan regresar a su vivienda porque fue dañada por el huracán Helene pueden ser elegibles para la Asistencia para Personas Desplazadas de FEMA.
La Asistencia para Personas Desplazadas es dinero que los sobrevivientes pueden usar para alojarse en un hotel o motel, quedarse con familiares y amigos o quedarse en cualquier otra opción de vivienda disponible.
¿Quién puede recibir Asistencia para Personas Desplazadas?
Los sobrevivientes pueden ser elegibles para la Asistencia para Personas Desplazadas si:
- La vivienda afectada era una residencia principal en la que se vive la mayor parte del año.
- FEMA puede confirmar la identidad del solicitante.
- La vivienda está en un área de desastre declarada. Esto incluye los condados Abbeville, Aiken, Allendale, Anderson, Bamberg, Barnwell, Beaufort, Cherokee, Chester, Edgefield, Fairfield, Greenville, Greenwood, Hampton, Jasper, Kershaw, Laurens, Lexington, McCormick, Newberry, Oconee, Orangeburg, Pickens, Richland, Saluda, Spartanburg, Union y York y la Catawba Indian Nation.
- Una inspección de FEMA determina que la vivienda ya no es segura para vivir, o que no se puede completar una inspección porque la vivienda es inaccesible.
- El propietario no tiene seguro, o su seguro no tiene cobertura de gastos de subsistencia adicionales o pérdida de uso.
- El solicitante o alguien en el hogar es ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado.
¿Cuánta asistencia para Personas Desplazadas puede uno obtener?
La cantidad de dinero proporcionada para la Asistencia para Personas Desplazadas se basa en 14 días de costos de hotel a una tarifa elegida por el estado, territorio o nación tribal afectada por el desastre. La Asistencia para Personas Desplazadas es un pago único. Si ha utilizado su Asistencia para Personas Desplazadas y aún tiene necesidades de vivienda, puede ser elegible para la Asistencia de Alquiler de FEMA.
¿Qué sucede si está asegurado?
Es posible que quienes estén asegurados tengan cobertura por Gastos de Vida Adicionales o Pérdida de Uso en su póliza y deben comunicarse con su compañía de seguros. Si el seguro rechaza la reclamación de un sobreviviente o el sobreviviente no tiene este tipo de cobertura, es posible que pueda obtener Asistencia para Personas Desplazadas.
Una vez que se hayan agotado los beneficios de Gastos de Vida Adicionales o Pérdida de Uso, los solicitantes no pueden obtener Asistencia para Personas Desplazadas, pero pueden obtener Asistencia de Alquiler al enviar documentos a FEMA que demuestren que gastaron esos beneficios y aún necesitan ayuda para pagar la vivienda temporal. Los sobrevivientes deben saber que FEMA necesita ver la documentación del seguro porque la agencia no puede pagar los costos cubiertos por otra fuente.
Cómo se puede presentar una solicitud
Si aún no ha solicitado asistencia de FEMA, todavía tiene tiempo para presentar su solicitud. Puede presentar su solicitud de varias maneras:
- Por Internet en DisasterAssistance.gov/es.
- Visite cualquier Centro de Recuperación por Desastre. Haga clic aquí para encontrar otros centros que están abiertos en Carolina del Sur. Para encontrar todas las ubicaciones de los centros, incluidos los de otros estados, visite fema.gov/drc o envíe un mensaje de texto con la palabra “CENTRO” y su código postal al 43362.
- En su teléfono usando la aplicación móvil de FEMA.
- Llamando a la línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362. La línea telefónica está abierta todos los días y se ofrece asistencia en varios idiomas. Si usa un servicio de retransmisión, como el Servicio de Retransmisión de Video (VRS, por sus siglas en inglés), teléfono con subtítulos u otro servicio, proporcione a FEMA su número para ese servicio. Para ver un vídeo en lenguaje de señas americano, doblaje y subtítulos sobre cómo solicitar asistencia de FEMA, seleccione este enlace.
Los programas de FEMA son accesibles para los sobrevivientes con discapacidades y otras personas con necesidades funcionales y de acceso.