Las personas que han presentado una reclamación a la Oficina de Reclamaciones pueden presentar una apelación si no están de acuerdo con el monto de la compensación identificado en su Carta de Determinación (LOD, por sus siglas en inglés) final. Si un solicitante no está satisfecho con el resultado de su apelación, puede solicitar arbitraje o una revisión judicial.

Datos básicos
- Tiene 120 días desde la fecha en su LOD final para presentar una apelación.
- Presente un Aviso de Apelación en la Oficina de Reclamaciones, incluyendo sus motivos y documentación de respaldo adicional.
- No puede presentar una apelación si ya ha firmado un Formulario de Descargo de Responsabilidad y Certificación
- Si no está de acuerdo con la determinación de la apelación, puede intentar obtener arbitraje o una revisión judicial dentro de los 60 días desde la fecha de la carta de determinación de la apelación.
Presente una apelación
Impugnar una apelación
Si no está satisfecho con el resultado de la apelación, puede resolver la disputa mediante arbitraje vinculante o solicitar una revisión judicial en el Tribunal Federal de Distrito para el Distrito de New Mexico.
Opción 1: Arbitraje
Presente una Solicitud de Arbitraje (RFA, por sus siglas en inglés) por escrito. El formulario de RFA está disponible para la conveniencia de los solicitantes, pero la Oficina de Reclamaciones aceptará solicitudes de arbitraje sin importar su forma, siempre y cuando incluya la información necesaria y cumpla los criterios de arbitraje.

Puede presentar los formularios de varias maneras:
- De forma presencial: Mediante su orientador
- Correo electrónico: fema-hermits-peakarbitration@fema.dhs.gov
- Correo postal:
Arbitration Docket
FEMA Hermit's Peak/Calf Canyon Claims Office
P.O. Box 1329
Santa Fe, NM 87504
Para obtener más información sobre el proceso de arbitraje, los plazos y cargos, consulte las páginas 77 a 78 de la Guía de Políticas del Programa .
Opción 2: Revisión judicial
Como alternativa al arbitraje, puede presentar una demanda contra FEMA en el Tribunal Federal de Distrito para el Distrito de New Mexico. Esta demanda debe ser presentada dentro de los 60 días siguientes a la fecha que aparece en la determinación de la apelación administrativa.
Nota: Si no se presenta una solicitud de arbitraje o una demanda dentro de los 60 días siguientes a la fecha en la determinación de la apelación administrativa o presenta un Formulario de Descargo de Responsabilidad y Certificación firmado, será vinculado por la Carta de Determinación (LOD, por sus siglas en inglés) final.
Si no está satisfecho con la determinación sobre la apelación, puede hacer que se resuelva la disputa mediante arbitraje vinculante o solicitar una revisión judicial en el Tribunal Federal de Distrito para el Distrito de New Mexico.
Para obtener más información sobre el proceso de revisión judicial, plazos y cargos, consulte las páginas 75 a 77 de la Guía de Políticas del Programa.
Recursos adicionales
- Guía de Apelaciones
- Formulario de Aviso de Apelación
- Preguntas frecuentes sobre apelaciones y arbitraje
- Guía de Políticas del Programa de la Oficina de Reclamaciones (consulte las páginas 75 a 78)
- Cómo apelar su reclamación (hoja informativa)
- Las reclamaciones presentadas por pérdidas relacionadas al incendio pueden ser apeladas si el solicitante no está de acuerdo con la cantidad de la compensación (comunicado de prensa)
- Paso para apelar en la Oficina de Reclamaciones de Hermit's Peak (gráfico)
- Folleto de cómo apelar su reclamación