Preguntas frecuentes sobre la asistencia de FEMA por desastre

Release Date:
agosto 26, 2023

Los habitantes de Maui que fueron afectados por los incendios forestales ocurridos el 8 de agosto pueden tener preguntas sobre la asistencia de FEMA por desastre. A continuación puede encontrar respuestas para algunas de las preguntas más frecuentes:  

P: Si recibí ayuda de la Cruz Roja Americana u otra agencia voluntaria tras los incendios forestales, ¿soy elegible para recibir asistencia de FEMA?

R: Si su vivienda fue destruida o sufrió daños estructurales mayores a causa de los incendios forestales, le exhortamos a que presente su solicitud ante FEMA. Incluso si recibió ayuda de la Cruz Roja Americana u otras agencias voluntarias, necesitará llenar una solicitud de FEMA para ser considerado para recibir asistencia federal por desastre.

P: Solicité asistencia de FEMA y me dijeron que no era elegible para recibir asistencia. ¿Eso significa que no puedo esperar ninguna ayuda de FEMA?

R: No. Hay muchos tipos de asistencia para los que podría ser elegible. Si no está seguro de por qué no fue declarado elegible para algún tipo de asistencia de FEMA, hable con un especialista en la línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362. Antes de escribir su carta pidiendo a FEMA que reconsidere su determinación, también puede visitar cualquier Centro de Recuperación por Desastre abierto. Los especialistas allí también pueden ayudarlo a presentar documentos a su cuenta. Para encontrar un centro cerca de usted, visite fema.gov/drc.

P: La liquidación de mi seguro no cubrió todas mis necesidades para ayudarme a recuperarme del desastre. ¿Puedo solicitar asistencia adicional de FEMA?

R: Sí, puede solicitar asistencia adicional a FEMA. Si recibió el pago máximo de su compañía de seguros y aún tiene necesidades no cubiertas relacionadas con el desastre, escriba a FEMA y explique sus necesidades. Incluya también los documentos de liquidación de su compañía de seguros.

P: ¿Pueden varias personas de mi hogar solicitar asistencia de FEMA por separado?

R: Sí. Normalmente, sólo se puede presentar una solicitud por cada hogar. Sin embargo, en Hawaii, donde muchas generaciones de familias viven bajo un mismo techo y varias personas sin parentesco pueden residir en una casa unifamiliar, se exhorta a que los solicitantes escriban a FEMA para explicar su situación si FEMA les ha enviado una determinación de inelegibilidad. Puede explicar que la vivienda dañada era su residencia principal (donde vivió más de seis meses del año), pero que se trata de una vivienda separada de la de otro solicitante que utiliza la misma dirección. Llame a la línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362 para saber qué documentos de respaldo deberá presentar.

P: Perdí a familiares en los incendios forestales en Maui. ¿Puede FEMA ayudar con los gastos de entierro?

R: Perder a un ser querido es una tragedia inimaginable. FEMA está revisando su política para asegurarse de que estamos haciendo todo lo posible para ayudar. Los gastos fúnebres elegibles pueden incluir el costo de un ataúd o urna, servicios funerarios y transporte del fallecido y/o hasta dos miembros de la familia al área para identificar a su ser querido, si así lo exigen las autoridades estatales o locales. Para solicitar asistencia para gastos fúnebres, primero debe presentar una solicitud a FEMA. Para obtener más información, hable con un especialista de FEMA en cualquier Centro de Recuperación por Desastre abierto. (Encuentre uno aquí: fema.gov/drc) También puede llamar a la línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362.

P: Si no soy ciudadano estadounidense, ¿puede alguien más en mi hogar solicitar asistencia de FEMA?

R: Sí. Para calificar para recibir asistencia del Programa de Individuos y Familias de FEMA, usted o un miembro de su hogar debe ser ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero calificado. Sin embargo, las familias indocumentadas con estatus migratorio diverso solo necesitan un miembro de la familia con un número de Seguro Social para presentar la solicitud. Ese miembro de la familia podría ser un menor de edad que sea ciudadano estadounidense, un nacional no ciudadano o un extranjero calificado.

  • El menor debe vivir con el padre o tutor que solicita en su nombre. El padre o tutor no tendrá que proporcionar ninguna información sobre su estatus migratorio ni firmar ningún documento relacionado con su estatus.
  • Un extranjero calificado es un término legal cuyas definiciones incluyen un residente permanente legal o titular de una “tarjeta verde” (green card); una persona admitida como refugiado; una persona a la que se le ha concedido asilo; una persona cuya deportación ha sido detenida; alguien que tenga una visa “T” o “U”; o personas a las que se les ha concedido el estatus de entrantes cubanos y haitianos.
  • Todos nuestros centros de recuperación por desastre son lugares seguros para que todos obtengan ayuda, independientemente de su estatus migratorio.

P: ¿Por qué FEMA me refiere a la Agencia Federal de Pequeños Negocios para obtener un préstamo?

R: FEMA puede referirle a SBA incluso si no es propietario de un negocio ni de una casa. Los préstamos de SBA son la mayor fuente de fondos federales por desastres para las personas afectadas. Es posible que haya disponibles préstamos por desastre a bajo interés para cubrir pérdidas que no estén totalmente compensadas por el seguro u otras fuentes. Completar un préstamo de SBA es una parte importante del proceso. Si SBA no puede aprobar su solicitud de préstamo, SBA puede referirle al programa de Asistencia para Otras Necesidades de FEMA para posible asistencia adicional. No devolver la solicitud puede descalificarlo para recibir otra asistencia que ofrece FEMA para reparaciones relacionadas con el desastre de automóviles, artículos domésticos esenciales y gastos necesarios relacionados con el desastre.

P: ¿La asistencia por desastre de FEMA afectará mis pagos del Seguro Social u otros beneficios gubernamentales?

R: No. La asistencia de FEMA está libre de impuestos y no afecta el Seguro Social, Medicare o Medicaid. La ayuda de FEMA no afecta los beneficios del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria, o SNAP; u otros derechos o programas federales de bienestar.

P: ¿Cómo califico para el pago de $700 que FEMA ofrece a los sobrevivientes de los incendios forestales?

R: FEMA puede brindar asistencia financiera bajo el programa de Asistencia para Otras Necesidades a solicitantes que tengan necesidades inmediatas o críticas. La asistencia para necesidades críticas se limita a un pago único de $700 por hogar. Tal vez fue desplazado de su residencia principal o necesita ayuda para mudarse de su residencia principal antes del desastre para refugiarse temporalmente en otro lugar. Las necesidades inmediatas o críticas son para salvar y sustentar vidas e incluyen, entre otras: agua, alimentos, primeros auxilios, medicamentos recetados, fórmula infantil, pañales, suministros médicos consumibles, equipo médico duradero, artículos de higiene personal y combustible para transporte.

P: Soy inquilino. ¿Puedo obtener ayuda de FEMA?

R: Sí. Los inquilinos cuyas casas y propiedades resultaron dañadas por los incendios forestales pueden solicitar asistencia federal. Los fondos de FEMA pueden ayudar a pagar viviendas temporales. Los inquilinos también pueden ser elegibles para recibir fondos para reemplazar o reparar bienes personales necesarios, como vehículos, muebles, electrodomésticos, ropa, necesidades médicas/dentales causadas por desastres, libros de texto o útiles escolares.

P: El inglés no es mi lengua materna. ¿Hay alguien en FEMA que hable mi idioma?

R: Sí. La línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362 cuenta con especialistas que hablan muchos idiomas las 24 horas del día, los siete días de la semana. Si utiliza servicio de retransmisión de video, servicio telefónico subtitulado u otros, proporcione a FEMA su número para ese servicio. FEMA también ofrece servicios gratuitos para ayudar a los sobrevivientes a comunicarse con el personal de FEMA por teléfono o en los Centros de Recuperación por Desastre. La interpretación en persona de lenguaje de señas también está disponible si lo solicita en los centros de recuperación. Para localizar un centro de recuperación, visite fema.gov/drc.

  • Para hablar con un operador español en la línea de ayuda de FEMA, presione 2. Para un intérprete que hable su idioma, presione 3.

Para la información más reciente sobre los esfuerzos de recuperación tras los incendios forestales en Maui, visite mauicounty.govfema.gov/es/disaster/4724. Siga a @FEMARegion9 en Twitter y en facebook.com/FEMAespanol.

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