Cómo comprender su carta de FEMA

Release Date Release Number
003
Release Date:
julio 19, 2023

Los residentes de Vermont que solicitaron asistencia de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) tras las recientes tormentas severas e inundaciones ocurridas desde el 7 de julio de 2023, y continúan, recibirán una carta de determinación de FEMA. La carta puede indicar que usted no es elegible para recibir asistencia, pero eso no significa un rechazo.

Es importante que lea la carta detenidamente porque incluirá la cantidad de asistencia que FEMA puede proporcionarle e información sobre el uso adecuado de los fondos de asistencia por desastre. La carta también le explicará el estado de su solicitud y le informará sobre lo que debe hacer para apelar una decisión desfavorable.

A menudo, solo necesita enviar más información o documentación de apoyo para que FEMA continúe revisando su solicitud de asistencia financiera. Algunos ejemplos de documentación adicional:

  • Comprobante de cobertura de seguro
  • Liquidación de reclamaciones al seguro o carta de denegación del proveedor de seguros
  • Comprobante de identidad
  • Comprobante de ocupación 
  • Comprobante de titularidad
  • Comprobante de que la propiedad dañada era la residencia principal del solicitante al momento del desastre.

Si tiene alguna pregunta sobre su carta, llame a la línea de ayuda de asistencia por desastre al 800-621-3362. Los especialistas están disponibles siete días a la semana, 365 días al año y también hay servicios de interpretación disponibles. Si usa un servicio de retransmisión, como el Servicio de Retransmisión de Video (VRS), el servicio telefónico con subtítulos u otros, proporcione a FEMA su número de dicho servicio cuando presente su solicitud.

Cómo apelar la decisión de FEMA

Si no está de acuerdo con la decisión de FEMA, o con la cantidad de la asistencia proporcionada, puede presentar una carta de apelación y los documentos que apoyen su reclamación, como la cotización de un contratista para las reparaciones a la vivienda. Dispone de 60 días a partir de la fecha de la carta de determinación para enviar su apelación a FEMA.

Por ley, FEMA no puede proporcionarle una subvención cuando cualquier otra fuente, seguro, crowdfunding o asistencia financiera de agencias voluntarias, haya cubierto los gastos para la misma necesidad por desastre. En otras palabras, FEMA no puede pagar las reparaciones a la vivienda si usted ya ha recibido fondos de su compañía de seguros para las mismas reparaciones.

Sin embargo, las personas que no cuenten con suficiente cobertura de seguro podrán recibir asistencia para sus necesidades no cubiertas luego que se hayan liquidado las reclamaciones al seguro. Aunque FEMA puede ayudar con sus necesidades fundamentales, no proporciona asistencia para cubrir los deducibles del seguro.

Las apelaciones deben realizarse por escrito mediante una carta firmada y fechada, que explique los motivos de la apelación. También debe incluir:

  • Nombre completo del solicitante 
  • Número de desastre (DR-4720-VT)
  • Dirección de la residencia principal antes del desastre 
  • Número de teléfono y dirección actuales del solicitante 
  • Su número de solicitud de FEMA de nueve dígitos en todos los documentos

Si alguien que no sea el solicitante o cosolicitante escribe la carta de apelación, esa persona deberá firmarla y proporcionar a FEMA una declaración firmada autorizando a la persona a actuar en nombre del solicitante. 

Las apelaciones deben estar mataselladas dentro de los 60 días siguientes a la fecha indicada en su carta de determinación de FEMA. Las cartas de apelación y los documentos de apoyo pueden cargarse en su cuenta personal de FEMA por Internet. Para crear una cuenta, visite DisasterAssistance.gov/es y siga las instrucciones. 

Otras formas de presentar los documentos son:

Correo postal: Centro Nacional de Servicios de Procesamiento de FEMA, P.O. Box 10055, Hyattsville MD 20782-7055

Fax: 800-827-8112 A la atención de: FEMA 

Para ver un video en Lenguaje de Señas Americano sobre cómo presentar la solicitud, ingrese a: https://www.youtube.com/watch?v=ii7nc94B30c 

Tags:
Última actualización