Programa de reparación y arrendamiento de propiedades multifamiliares

Release Date:
octubre 29, 2020

El Programa de reparación y arrendamiento de propiedades multifamiliares (MLR por sus siglas en inglés) permite a FEMA arrendar y reparar o realizar mejoras a propiedades multifamiliares existentes para alquiler con el propósito de brindar alojamiento provisional a los solicitantes elegibles que hayan sido desplazados a causa del huracán Laura.

Para calificar al programa MLR, las partes interesadas deben:

  • Ser propietaria de una propiedad multifamiliar, incluyendo la parcela de terreno, con dos o más unidades disponibles para el uso por parte de FEMA.
  • Presentar la documentación que acredite que la propiedad ha sido usada como propiedad arrendada en el pasado.
  • Arrendar las unidades vacantes a FEMA para el uso exclusivo por parte de FEMA como alojamiento provisional para los solicitantes elegibles por un período cuya vigencia no expire antes del 28 de febrero de 2022, con la posibilidad de extender el contrato.
  • Suministrar todos los servicios de administración de propiedades, incluyendo el mantenimiento del edificio;
  • Firmar un contrato con FEMA para el otorgamiento de fondos para cubrir el costo de las reparaciones o mejoras necesarias y determinar si las reparaciones se realizarán usando a su propio contratista o utilizando un contratista seleccionado por FEMA.
  • Inscribir la propiedad en el Sistema para Manejo de Concesiones (SAM, por sus siglas en inglés) (https://sam.gov/content/home) y en el Sistema de Numeración Universal de Datos (DUNS, por sus siglas en inglés).

Las propiedades elegibles para ser consideradas en el programa MLR deben:

  • No estar localizadas en una Zona especial de peligro de inundación.
  • Estar localizadas dentro de una distancia razonable con respecto a las comunidades impactadas por los desastres y servicios integrados críticos, como transporte público accesible, escuelas, servicios de emergencia y bomberos, y tiendas de comestibles.
  • Proporcionar vivienda completa e independiente para una o más personas. Esto incluye espacios de sala, habitaciones, cocina y baños permanentes.
  • Ser reparables dentro de un plazo de 120 días a partir de la fecha en que el contrato sea aprobado por FEMA, incluyendo todas las reparaciones y mejoras necesarias, y todas las reparaciones deben cumplir con los códigos, estándares, permisos y requerimientos de inspección locales y con todas las leyes y reglamentos ambientales y de conservación histórica aplicables.
  • Incluir al menos una unidad reparada o mejorada que sea accesible para solicitantes con discapacidades u otras necesidades funcionales o de acceso. 

Los dueños de propiedades interesados que tengan propiedades que puedan cualificar para participar en el programa MLR deben presentar la siguiente información para ser considerados:

  • Nombre del complejo (si es aplicable), ubicación, nombre del propietario, y número de teléfono;
  • Estatus de los pagos hipotecarios de la propiedad;
  • Número de unidades vacantes que contienen un baño, cocina y espacio habitable por separado. Sobre las unidades vacantes:
    • Número de unidades vacantes disponibles para uso exclusivo por parte de FEMA;
    • Número de unidades que cumplen con los Estándares Federales Uniformes de Accesibilidad (UFAS, por sus siglas en inglés) y/o características en la(s) unidad(es) que proveen accesibilidad para personas con discapacidades;
  • Descripción de las reparaciones y mejoras necesarias para hacer que las unidades sean habitables;
  • Duración estimada del tiempo necesario para hacer que las unidades sean habitables (desde el momento de la ejecución del contrato de arrendamiento);
  • Historial de uso del edificio
    • Fecha de construcción (si se conoce);
    • Fechas en que el edificio fue utilizado como vivienda multifamiliar;
    • Tarifas de arrendamiento durante el último año de operación (especificar si incluía los servicios públicos, y de ser así, cuáles);
  • Cualquier restricción aplicable referente a mascotas, como el tipo, cantidad, tamaño y cualquier depósito por mascotas aplicable; Y
  • Cantidad de espacios de estacionamiento (incluyendo los accesibles y con capacidad para camionetas) disponibles en cada unidad, si es aplicable.

FEMA busca propiedades que estén localizadas en las parroquias aledañas o a no más de 50 millas de las parroquias designadas para asistencia directa para vivienda.

Las partes interesadas que cumplan con las calificaciones del programa MLR pueden visitar https://sam.gov/content/home (en inglés) para inscribir su propiedad. Las respuestas a las declaraciones enumeradas arriba deben ser enviadas por correo electrónico a Marvin R. Jennings al marvin.r.jennings@fema.dhs.gov o a John Clemons al john.clemons@fema.dhs.gov antes de las 5 p.m., hora del este, el 25 de noviembre de 2020. La línea de asunto en el correo electrónico deberá leer “RFI 70FBR621I00000001 Response: Multi-Lease and Repair (NLR), DR-4559-LA”.

No se aceptarán, ni se devolverán llamadas telefónicas.

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