Se requiere documentación del seguro durante la solicitud de asistencia de FEMA

Release Date:
marzo 17, 2021

Durante las recientes tormentas invernales, muchas personas en las parroquias aprobadas en Louisiana sufrieron daños en sus viviendas y propiedades. Los propietarios de vivienda e inquilinos que tengan cobertura de seguro y soliciten a FEMA asistencia por desastre, deberán primero presentar un reclamo al seguro lo antes posible.

Se le pregunta a las personas si tienen una póliza de seguro cuando solicitan asistencia a FEMA. Esto forma parte de lo que es considerado cuando la solicitud es procesada.

Las pólizas de seguro proporcionan más asistencia económica que las subvenciones de asistencia por desastre. Durante las tormentas, muchos propietarios de vivienda e inquilinos sufrieron apagones y las temperaturas extremas pudieron haber causado daños a consecuencia de tuberías rotas. Usualmente, las pólizas de seguro para propietarios de vivienda e inquilinos cubren los gastos de reparaciones y los daños relacionados a estos. Sin embargo, si los daños no son cubiertos por la póliza de seguro de la vivienda o de inquilino, FEMA podría ayudarle.

Por ley, FEMA no puede brindar reembolso por pérdidas cubiertas por un seguro. Los solicitantes podrán recibir una carta de “No decisión” o alguna notificación que indique el estado de su solicitud. Esto no es una carta de denegación. Es una carta que indica que se necesita información adicional para poder continuar procesando el reclamo, lo cual usualmente es una copia de la decisión de la compañía de seguros.

Al proporcionar los documentos del seguro a un representante de FEMA, usted permite que su solicitud pueda continuar para determinar si las pérdidas no cubiertas por el seguro son elegibles para reembolso.

Usted puede suministrar varios documentos sobre el estado de su reclamo al seguro para ayudar a que FEMA evalúe su solicitud. Esto puede variar según su reclamo y la correspondencia que reciba de su compañía de seguros, que puede incluir: 

  • Carta de denegación de su reclamo: Evidencia de que usted no fue cubierto bajo su póliza y compañía de seguros.
     
  • Carta de liquidación de su reclamo: Indica cuáles daños y propiedades son cubiertas por su póliza de seguro.
     
  • Carta de demora: Evidencia de que no se ha tomado una decisión oficial en su reclamo por su compañía de seguros y que han transcurrido más de 30 días desde que usted presentó su reclamo al seguro.

FEMA determina para cual ayuda usted es elegible según los detalles específicos de cada solicitud de asistencia, que incluye la documentación presentada.

Si usted recibe una carta que indica que usted no es elegible, es posible que tan solo se necesite documentación adicional para cambiar esa determinación. Es importante que lea con atención su correspondencia para comprender la decisión de FEMA. De esta manera usted podrá saber exactamente lo que tiene que hacer.

Si tiene preguntas sobre estos asuntos, comuníquese con la línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362. Si utiliza el servicio TTY, llame al 800-462-7585. Las personas que utilizan un servicio de retransmisión, como un teléfono con capacidad de llamadas en video, InnoCaption o CapTel, deben proporcionar el número especifico designado para ese servicio. La línea telefónica libre de costo está disponible desde las 7 a.m. hasta las 10 p.m., los siete días de la semana.

Para la información más reciente sobre la tormenta invernal reciente, visite www.fema.gov/es/disaster/4590 o siga la cuenta de Región 6 de FEMA en Twitter en twitter.com/FEMARegion6.

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