Cómo apelar la decisión de FEMA

Release Date:
enero 21, 2022

Si recibe una carta de FEMA que indica que no es elegible para recibir asistencia o que su solicitud está incompleta, aún puede completar la solicitud o apelar la decisión dentro de los 60 días posteriores de haber recibido una carta de decisión.

El Programa de Individuos y Familias (IHP, por sus siglas en inglés) de FEMA brinda asistencia financiera a personas elegibles y hogares afectados por un desastre que tienen gastos relacionados con desastres sin seguro o con seguro insuficiente. FEMA no puede proporcionar asistencia para pérdidas cubiertas por el seguro. Si su seguro no cubre todas sus pérdidas o se retrasa, usted puede ser elegible para recibir asistencia de FEMA para sus necesidades insatisfechas.

La asistencia de FEMA no es lo mismo que un seguro, ni puede hacer que el sobreviviente este cubierto por completo.

La cantidad y el tipo de asistencia de vivienda que recibe pueden ser diferentes de la asistencia que recibe su vecino a pesar de que el daño parezca ser similar. Por ejemplo, un propietario de vivienda podría tener una cobertura de seguro más extensa que el propietario de la casa de al lado, lo que podría resultar en una cantidad diferente de asistencia de FEMA recibida.

Si usted es elegible para recibir asistencia, FEMA le proporcionará:

  • Un cheque por correo o un depósito directo en su cuenta de cheques o de ahorros
  • Una carta de determinación que describa cómo debe usar el dinero

Si usted no es elegible para recibir asistencia, FEMA le proporcionará:

  • Una carta explicando por qué no calificó
  • Una oportunidad para apelar la decisión

El proceso de apelación

Una apelación es una solicitud por escrito a FEMA para que revise su expediente nuevamente, y una oportunidad para proporcionar información nueva o adicional no presentada previamente que pueda afectar la decisión. Puede apelar cualquier decisión de FEMA con respecto a su solicitud de Asistencia Individual, como su decisión inicial de elegibilidad, la cantidad o el tipo de asistencia que se le proporcionó, solicitudes tardías, solicitudes de devolución de dinero o una denegación de Asistencia de Vivienda Provisional Continua.

Se debe presentar una apelación en forma de carta firmada dentro de los 60 días posteriores a la fecha en la carta de determinación. En la apelación, explique por qué no está de acuerdo con la decisión. Asegúrese de incluir lo siguiente:

  • Su nombre completo, dirección actual y la dirección de la vivienda dañada.
  • Su número de registro de FEMA de 9 dígitos en cada página, que se encuentra en la parte superior de la carta de determinación.
  • El número de declaración de desastre de FEMA: DR-4635-WA (en cada página)
  • Firma del solicitante y fecha

Si elige que un tercero presente una apelación en su nombre, la carta debe estar firmada por el tercero. Incluya una declaración firmada por usted autorizando al tercero a apelar en su nombre.

Envíe su carta de apelación a:

FEMA Individuals & Households Program National Processing Service Center

P. O. Box 10055

Hyattsville, MD 20782-8055

Las cartas de apelación y la documentación de apoyo pueden cargarse en su cuenta en DisasterAssistance.gov/es si ha abierto una, o puede enviarla por fax al 800-827-811

Tags:
Última actualización