FEMA se compromete a ayudar a los propietarios de vivienda e inquilinos en los condados Eaton, Ingham, Ionia, Kent, Livingston, Macomb, Monroe, Oakland y Wayne a recuperarse tras las tormentas severas, tornados e inundaciones ocurridas del 24 al 26 de agosto de 2023. La asistencia está disponible para ciudadanos estadounidenses, nacionales no ciudadanos y extranjeros cualificados.
¿Quién es elegible para recibir asistencia?
Por lo general, usted o un miembro de su hogar debe ser ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado para solicitar asistencia.
Sin embargo, si no cumple con la condición de ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado, su hogar aún puede solicitar y ser considerado para recibir asistencia si:
- Otro miembro adulto de su hogar cumple con los criterios de elegibilidad y certificó su condición de ciudadanía durante el proceso de solicitud o firma el formulario de Declaración y divulgación; o
- El padre o tutor legal de un menor que sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado y solicita asistencia en nombre del menor, si vive en el mismo hogar. El padre o tutor legal debe solicitar como co-solicitante, y el menor de edad debe ser menor de 18 años en el momento en que ocurrió el desastre.
Nacionales no ciudadanos
Un nacional no ciudadano es una persona nacida en un territorio no incorporado de Estados Unidos (por ejemplo, Samoa Americana) en o después de la fecha en que los Estados Unidos tomó posesión del territorio, o una persona nacida de padres que son nacionales no ciudadanos estadounidenses. Todos los ciudadanos estadounidenses son nacionales de EE. UU. pero no todos los nacionales de EE. UU. son ciudadanos estadounidenses.
¿Quién cae bajo el estatus de 'extranjero cualificado'?
El estatus de “extranjero cualificado” incluye:
- Un residente permanente legal (titular de un “Green Card”)
- Personas con estatus de refugiado, bajo asilo o con suspensión de deportación
- Un extranjero en libertad condicional en Estados Unidos durante al menos un año
- Un extranjero a quien se le concedió entrada condicional (según la ley vigente antes del 2 de abril de 1980)
- Entrantes cubanos o haitianos
- Extranjeros en los Estados Unidos que hayan sido abusados, sujetos a agresiones o crueldad extrema por parte de un cónyuge u otro miembro de la familia/hogar o hayan sido víctimas de una forma grave de trata de personas.
Hijos menores cualificados
El padre o tutor legal de un menor que viva en el mismo hogar puede solicitar asistencia en nombre del menor que sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado. El menor de edad deberá ser menor de 18 años a partir del primer día del periodo del incidente el 24 de agosto de 2023.
Recursos
Puede encontrar más información sobre los Requisitos de Ciudadanía y Estatus Migratorio para Beneficios Públicos Federales en múltiples idiomas en www.fema.gov/es/assistance/individual/program/citizenship-immigration-status.
Si no está seguro de su estado migratorio, hable con un experto en inmigración para saber si su estado se encuentra dentro de los requisitos de estatus migratorio para la asistencia por desastre de FEMA.
Los residentes que no califican para recibir ayuda estatal y federal pueden ser referidos a agencias voluntarias. Hay asistencia por desastre disponible de diferentes agencias voluntarias. Su ciudadanía o estatus migratorio no importa con estas agencias. Puede llamar al 2-1-1 para obtener una referencia a estas agencias, incluidas aquellas que ofrecen servicios de traducción.
Para obtener información sobre la operación de recuperación por desastre en Michigan, visite www.fema.gov/es/disaster/4757.