Requisitos de ciudadanía para los sobrevivientes que solicitan asistencia de FEMA

Release Date Release Number
NR009
Release Date:
septiembre 23, 2021

Requisitos de ciudadanía para los sobrevivientes que solicitan asistencia de FEMA

ASHEVILLE, N.C. – La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) se compromete a ayudar a todos los sobrevivientes de desastre elegibles a recuperarse de la tormenta tropical Fred, incluyendo los ciudadanos estadounidenses, los nacionales no ciudadanos y los extranjeros cualificados.

Para ser elegible para la asistencia del Programa de Individuos y Familias (IHP, por sus siglas en inglés) de FEMA, usted o un miembro de su hogar debe ser ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado. Sin embargo, las familias indocumentadas con condición migratoria diversa solo necesitan que un miembro de la familia (incluyendo un hijo menor) sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado con número de Seguro Social para solicitar asistencia.

La fecha límite para solicitar asistencia de FEMA es el 8 de noviembre de 2021.

Un extranjero cualificado incluye a los siguientes:

  • Residente permanente legal (titular de tarjeta verde)
  • Asilado, refugiado o extranjero cuya deportación está siendo denegada
  • Extranjero que entró a los EE. UU. bajo palabra durante al menos un año
  • Extranjero que obtuvo entrada condicional (por ley en vigencia antes del 1 de abril de 1980)
  • Cubano/haitiano admitido
  • Ciertos extranjeros que han sido sujetos a crueldad extrema o que han sido víctimas de una forma severa del tráfico humano, incluyendo las personas con una visa "T" o "U".

Si no está seguro de su condición migratoria, hable con un experto en inmigración para averiguar si su situación corresponde a alguno de los requisitos de condición migratoria para alas asistencia por desastre de FEMA.

Hijo mejor cualificado

Los adultos que son elegibles por estar en una de las tres categorías indicadas arriba, incluyendo a los indocumentados, pueden solicitar asistencia en nombre de un hijo menor que cumple los requisitos y tiene un número de Seguro Social. El menor debe vivir con el padre, madre o tutor que solicita la asistencia en su nombre. El padre, madre o tutor no tendrá que proporcionar ninguna información sobre su propia condición migratoria y no tendrá que firmar ningún documento sobre su propia condición.

Organizaciones voluntarias

Las organizaciones voluntarias ofrecen ayuda independientemente de su condición migratoria. Para encontrar organizaciones voluntarias en su área de desastre:

Los sobrevivientes en los condados afectados pueden solicitar asistencia de las siguientes maneras:

Para solicitar la asistencia por desastre de FEMA, visite DisasterAssistance.gov/es, llame al 800-621-3362 o use la aplicación móvil de FEMA para teléfonos inteligentes. Si usted usa un servicio de retransmisión, tal como el Servicio de Retransmisión de Video (VRS, por sus siglas en inglés), servicio telefónico con subtítulos u otros, proporcione a FEMA el número de ese servicio. Las líneas telefónicas están disponibles los siete días de la semana, de 7 a.m. a 11 p.m. en la hora local.

Para más información sobre la recuperación de la tormenta tropical Fred en Carolina del Norte, visite fema.gov/es/disaster/4617 y ncdps.gov/TSFred. Síganos en Twitter: @NCEmergency @FEMARegion4.

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La misión de FEMA es ayudar a las personas antes, durante y después de los desastres.

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