Usted preguntó: ¿Soy un inquilino, puedo recibir asistencia de FEMA?

Release Date:
mayo 8, 2023

Los inquilinos de los condados McClain y Pottawatomie en Oklahoma designados para asistencia individual que sufrieron daños, pérdidas o son incapaces de vivir en sus viviendas después de las tormentas severas, vientos en línea recta y tornados del 19 y 20 de abril, pueden ser elegibles para recibir asistencia de FEMA.

Pregunta: ¿Soy inquilino, puedo solicitar asistencia de FEMA?

Respuesta: Sí, los inquilinos pueden solicitar asistencia por desastre de FEMA. Si tiene un seguro de inquilino, primero debe llamar a su proveedor de seguro para presentar una reclamación. Si está asegurado, debe proporcionar información de su seguro, que puede incluir una página de declaración, resolución o denegación.

Pregunta:  ¿Como inquilino, para qué tipos de asistencia soy elegible?

Respuesta: Las subvenciones pueden estar disponibles para pagar el alquiler en una ubicación diferente mientras se realizan las reparaciones en su vivienda o hasta que sea habitable. Las subvenciones para alquiler se pueden utilizar para los depósitos de garantía, el alquiler y el costo de los servicios públicos esenciales, como el gas y el agua. Las subvenciones no se pueden utilizar para pagar facturas separadas de televisión por cable o Internet.

También puede ser elegible para recibir asistencia para remplazar un vehículo dañado o gastos médicos o dentales por lesiones o pérdidas provocadas por la tormenta.

Pregunta: ¿Soy un estudiante y alquilo mi vivienda mientras estoy en la universidad, puedo solicitar asistencia de FEMA?

Respuesta: Sí, los estudiantes pueden solicitar asistencia por desastre de FEMA. La asistencia individual de FEMA está disponible para inquilinos, incluso estudiantes, como también para propietarios. Los estudiantes que viven en dormitorios también pueden recibir asistencia de FEMA para remplazar o reparar propiedad personal esencial como suministros escolares, libros de texto, muebles, electrodoméstico y ropa.

Pregunta: ¿Puedo utilizar mi subvención para asistencia de alquiler para alojarme en un hotel/motel?

Respuesta: Los fondos se pueden utilizar para alojarse en otro lugar provisional para vivir, lo cual incluye un hotel/motel. La subvención de asistencia de alquiler es equivalente al valor justo del mercado de alquiler (FMR, por sus siglas en inglés) para el área en que se encuentra la vivienda principal y puede ser menos que el costo de un hotel durante un período extenso de tiempo.

Pregunta: ¿Me he estado alojando en un hotel y pagándolo por mí mismo, puedo obtener un reembolso por los costos?

Respuesta:  Usted puede ser elegible para un reembolso de los gastos de alojamiento que afrontó si no se encuentra cubierto por los beneficios del seguro para alojamiento o puede recibir ayuda con el alojamiento de otra fuente, como una organización voluntaria. Los gastos elegibles pueden incluir el costo de la habitación y los impuestos cobrados por un hotel u otro proveedor de alojamiento.

Pregunta: Mi propiedad personal ha sufrido daños, ¿existe alguna ayuda financiera disponible para mis pérdidas?

Respuesta:  Los inquilinos pueden ser elegibles para asistencia por los daños a la propiedad personal esencial provocados por las tormentas del 19 y 20 de abril y otros gastos por desastre. Esto puede incluir el reemplazo o reparación de propiedad personal necesaria, como muebles, electrodomésticos, vestimenta, libros de texto o suministros escolares, el reemplazo o reparación de herramientas y otros equipos relacionados con el trabajo.

Pregunta: ¿Hay que reembolsar la asistencia de FEMA?

Respuesta: No. Las subvenciones de FEMA no son préstamos y no hay que devolverlas. No son un ingreso sujeto a impuestos y no afectarán su elegibilidad para los beneficios de Seguro Social, Medicare, Medicaid o el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés).

Pregunta: ¿Cómo solicito la asistencia de FEMA?

Respuesta: Los residentes pueden solicitar por Internet en dissasterassistance.gov/es, por teléfono al
800-621-3362 o mediante la aplicación móvil de FEMA. Las líneas telefónicas libres de cargos operan de 6 a.m. a 10 p.m. CDT, los siete días de la semana. Si utiliza un servicio de retransmisión de video (VRS, por sus siglas en inglés), teléfono con subtítulos u otro servicio, proporcione a FEMA su número de dicho servicio.

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