Primer paso: Solicitar la asistencia
Primero, usted debe presentar la solicitud de asistencia por desastre. Dígale a FEMA que ha tenido que trasladar sus bienes fuera de su vivienda para protegerlos de más daños. La asistencia económica para mudanza y/o almacenamiento puede estar disponible para los sobrevivientes cuyas viviendas están inhabitables debido a los daños causados por el desastre. No hay un máximo especificado para los gastos de mudanza y almacenamiento aparte del máximo de la asistencia económica para Otras necesidades. No obstante, sólo se tendrán en cuenta los gastos de mudanza y/o almacenamiento que no estén cubiertos por otra fuente, como el seguro.
¿Qué se considera propiedad personal?
Se consideran de propiedad personal los artículos de primera necesidad y/o enseres domésticos. Esto incluye los aparatos electrodomésticos, como el refrigerador o la máquina de lavar y muebles tales como una cama o sofá. No se incluyen los artículos recreativos, como, por ejemplo, embarcaciones o equipo de pesca.
¿Cuáles son los requisitos?
Para poder acceder a esta asistencia, debe cumplir los siguientes criterios de elegibilidad:
- Su vivienda ha sufrido daños y es inhabitable.
- Es su residencia principal. Las viviendas de alquiler o vacacionales no son elegibles.
- La propiedad que se traslada y/o almacena es considerada propiedad personal o enseres domésticos de primera necesidad.
- Usted está trasladando y/o almacenando estos objetos provisionalmente hasta que repare su vivienda y regrese a ella, o hasta que encuentre un nuevo lugar donde vivir y pueda trasladar sus pertenencias a su nueva vivienda.
- Usted trasladó y/o almacenó sus artículos a partir del 31 de marzo de 2023.
¿Qué está cubierto?
Se puede proveer asistencia para mudanza y almacenamiento para los siguientes gastos:
- Los costos de la mano de obra de una mudanza realizada por una empresa
- El cargo de alquiler de un camión de mudanza
- El combustible del vehículo de alquiler
- Los costos de las cajas y de la cinta adhesiva
- Los cargos de las unidades de almacenamiento comercial, incluidas las opciones de auto-almacenamiento
- Los impuestos sobre ventas relacionados
¿Hay asistencia para mudanza y almacenamiento disponible para los sobrevivientes que no son propietarios de una vivienda?
Sí, siempre que se cumplan los criterios de elegibilidad, la asistencia para mudanza y almacenamiento está disponible para inquilinos, personas que viven en viviendas públicas, viviendas privadas que utilizan un vale de elección de vivienda de la Sección 8 o sobrevivientes que viven en instalaciones de vida asistida.
Cómo solicitar
- La forma más rápida y sencilla de presentar una solicitud es ingresar a DisasterAssistance.gov/es.
- Si no puede solicitarla por internet, llame al 800-621-3362. Las líneas telefónicas libres de cargos funcionan de 6 a.m. a 10 p.m. CDT los siete días de la semana. Si utiliza un servicio de retransmisión de video (VRS, por sus siglas en inglés), teléfono con subtítulos u otro servicio, proporcione a FEMA su número de dicho servicio.