Preguntas frecuentes sobre Asistencia para gastos fúnebres

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El período del incidente por COVID-19 concluyó el 11 de mayo de 2023. FEMA continuará proveyendo asistencia para gastos fúnebres hasta el 30 de septiembre de 2025 para las personas que perdieron a seres queridos debido a esta pandemia.

Respuestas a preguntas frecuentes

Para muchos, la pandemia de COVID-19 les ha causado una pena abrumadora. Si usted necesita ayuda o apoyo, por favor:

Se debe enumerar por separado (es decir, detallar) cada costo en el paquete de servicios funerarios. La documentación también debe incluir lo siguiente:

  • El nombre del individuo responsable del costo;
  • El nombre del fallecido;
  • La cantidad total de los gastos funerarios; y
  • La fecha en que se incurrieron los gastos funerarios.

Si usted incurrió gastos fúnebres por más de un individuo, puede recibir la Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 en un máximo de $9,000 por individuo fallecido y un máximo de $35,500 por solicitud, por estado, territorio o el Distrito de Columbia, en los casos en que el solicitante incurrió gastos fúnebres por varios individuos fallecidos.

Si se aprueba su solicitud de Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19, usted recibirá los fondos por depósito directo o por cheque enviado por correo postal, de acuerdo con la opción que usted haya escogido cuando solicitó la asistencia.

No. Para los fallecimientos que ocurrieron después del 16 de mayo de 2020, la documentación de Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 debe incluir un acta de defunción que atribuye el fallecimiento a COVID-19 y que indica que el fallecimiento ocurrió en los Estados Unidos, incluyendo los territorios de los EE. UU. o el Distrito de Columbia.

Como parte del proceso de revisión de solicitud, FEMA valida la documentación y podría llamar a la funeraria para verificar los recibos o los gastos.

No. La Sección 408(e)(1) de la Ley Robert T. Stafford de Ayuda en Desastres y Asistencia en Emergencias (la Ley Stafford) no reconoce a las funerarias u otros negocios como receptores elegibles para fondos federales en el marco del Programa de Individuos y Familias. FEMA no proveerá fondos de Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 a los estados, las tribus, los territorios, los negocios, las organizaciones y otras entidades.

La Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 es un tipo de asistencia que se provee en el marco del Programa de Individuos y Familias (IHP, por sus siglas en inglés) que está disponible para ciudadanos estadounidense, nacionales no ciudadanos o extranjeros calificados. La Guía del Programa y Políticas de Asistencia Individual de FEMA provee las siguientes definiciones:

  • Ciudadano estadounidense: Una persona nacida en uno de los 50 estados de los Estados Unidos, el Distrito de Columbia, Puerto Rico, Guam, las Islas Vírgenes de los EE. UU. o las Islas Marianas del Norte; una persona nacida fuera de los EE. UU. con al menos un padre estadounidense; o un ciudadano naturalizado.
  • Nacional no ciudadano: Una persona nacida en una posesión periférica de los EE. UU. (por ejemplo, Samoa Americana o la Isla de Swains) a partir de la fecha en que EE. UU. adquirió la posesión o una persona cuyos padres son nacionales no ciudadanos de los EE. UU. Todos los ciudadanos de los EE. UU. son nacionales de los EE. UU., pero no todos los nacionales de los EE. UU. son ciudadanos estadounidenses.
  • Extranjero calificado: Residente permanente legal (portador de una "tarjeta verde"); un asilado, refugiado o extranjero cuya deportación se ha suspendido; un extranjero puesto en libertad en los EE. UU. por al menos un año; un extranjero a quien se ha otorgado la entrada condicional (según la ley vigente antes del 1 de abril de 1980); una persona que entró de Cuba/Haití; extranjeros en los EE. UU. que han sido maltratados, víctimas de agresión o crueldad extrema por parte de un esposo u otro miembro de su familia/hogar, o que han sido víctimas de una forma grave del tráfico de humanos; extranjeros cuyos hijos han sido maltratados y niños extranjeros cuyo padre o madre ha sido maltratado y que cumplen ciertos requisitos.

Existen varias categorías de extranjeros legalmente presentes en los EE. UU. que no son elegibles para la asistencia del Programa de Individuos y Familias de FEMA, incluyendo la Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19. Estas incluyen, entre otras, las siguientes:

  • Los ciudadanos de los Estados Federados de Micronesia, Palaos y la República de las Islas Marshall
  • Portadores de visas de turista temporarias
  • Estudiantes extranjeros
  • Portadores de visas de trabajo temporarias

Si usted experimenta dificultades para obtener o presentar la información y documentación necesaria, puede pedir asistencia llamando a la Línea de ayuda de Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 al 844-684-6333.

La Línea de ayuda de Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 está disponible de lunes a viernes de 9 a.m. a 9 p.m. en la hora del este. Hay servicios multilingües disponibles. Las personas que usan un servicio de retransmisión, tal como un videoteléfono, deben proporcionar a FEMA el número específico asignado a ellos para ese servicio.

Si se suspende su solicitud, usted aún puede presentar la información y documentación necesaria y FEMA reabrirá su solicitud para procesamiento adicional. No tendrá que presentar una apelación.

  • Los estados, las tribus, los territorios, los negocios, las organizaciones y otras entidades.
  • Un hijo menor que solicita la asistencia en nombre de un adulto que no sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero calificado.
    • Sin embargo, un hijo menor que es ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero calificado puede solicitar la asistencia si incurrió directamente en gastos fúnebres por un fallecimiento relacionado con COVID-19 y la documentación lo justifica.
  • Existen varias categorías de extranjeros que no son elegibles para el Programa de Individuos y Familias de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés), lo cual incluye la Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19. Estas incluyen, entre otras, las siguientes:
    • Los ciudadanos de los Estados Federados de Micronesia, Palaos y la República de las Islas Marshall
    • Portadores de visas de turista temporarias
    • Estudiantes extranjeros
    • Portadores de visas de trabajo temporarias
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