Preguntas frecuentes y control de rumores sobre los Incendios Forestales en New Mexico DR-4652

Seguimos trabajando con colaboradores federales, estatales, locales, tribales y comunitarios para apoyar la respuesta en curso tras los incendios forestales en New Mexico. Esta página ofrece respuestas a las preguntas más frecuentes y a los rumores sobre los incendios forestales en Nuevo México (DR-4652).

Rumores y estafas

Ayúdenos a detener los rumores mediante estas tres acciones fáciles:

  1. Buscar fuentes de información fidedigna.
  2. Compartir información de fuentes de confianza.
  3. Disuadir a otros de compartir información de fuentes no verificadas.
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Preguntas frecuentes y control de rumores

Utilice el menú desplegable para filtrar según el tipo de pregunta o escriba una palabra clave.

¿FEMA puede reembolsarme los gastos de alojamiento?

FEMA puede proporcionar el reembolso de los gastos de alojamiento que no estén cubiertos por los beneficios del seguro, como los gastos de subsistencia adicionales o por pérdida de uso. Para considerar un reembolso, la residencia principal donde vivía el sobreviviente antes del desastre debe ser inhabitable, inaccesible o estar afectada por una interrupción prolongada de los servicios públicos causada por el desastre.

¿Cuándo puedo esperar recibir el reembolso de mis gastos elegibles de alojamiento?

Las solicitudes de LER son revisadas manualmente por el personal de procesamiento. En desastres a mayor escala, como el huracán Ida, puede tomar de uno a dos meses después de que se envíen los recibos para recibir el reembolso.

¿Puedo recibir un reembolso por mis gastos de comida o transporte mientras me alojo en un hotel?

No. Los gastos elegibles pueden incluir el costo de la habitación y los impuestos cobrados por un hotel u otro proveedor de alojamiento. Esto no incluye los costos de alimentos, llamadas telefónicas, transporte u otros gastos diversos.

¿Dónde puedo subir mis recibos de alojamiento?

Los solicitantes pueden subir sus recibos en línea en su cuenta de DisasterAssistance.gov/es.  

Todos los documentos deben incluir el número de registro y DR-4652-NM. Descargue las instrucciones sobre cómo subir sus documentos. Esta información está disponible en varios idiomas.

Los residentes también pueden enviar por correo estándar a:
P.O. Box 10055 
Attn: FEMA 
Hyattsville, MD 20782-8055

O por fax al 1-800-827-8112 (se requiere hoja de portada)

Rumor: Si hay otros familiares o compañeros de vivienda que viven conmigo, FEMA no les brindará ninguna ayuda.

Realidad:

FEMA se compromete a brindar a cada sobreviviente individual toda la ayuda que es elegible para recibir. FEMA evalúa las necesidades de todos los sobrevivientes elegibles caso por caso. Asegúrese de informar a FEMA sobre las necesidades de todos los miembros de su hogar, ya sea que tengan o no parentesco entre sí. Llame a la Línea de ayuda de FEMA al 800-321-3362 si desea actualizar su solicitud o si tiene preguntas sobre las necesidades de cualquier miembro de su hogar.

Rumor: Si recibo ayuda de FEMA el gobierno federal me quitará mi terreno.

Realidad:

Las subvenciones de FEMA no necesitan ser repagadas. FEMA no confiscará ningún terreno ni propiedad a cambio de proporcionar asistencia por desastre.

Rumor: FEMA tiene la última palabra. Si se rechaza mi solicitud, así es. No nada que puedo hacer al respecto.

Realidad:

Incorrecto. Cada solicitante tiene derecho a apelar. Abajo se indican los pasos que debe seguir para apelar una decisión:

FEMA necesitará su nombre completo, la dirección de su residencia de antes del desastre, su número de teléfono y dirección actuales y su firma. La apelación debe ser matasellada dentro de los 60 días a partir de la fecha en que se recibió la carta de determinación de FEMA.

Ponga la fecha en la carta de apelación, incluya su número de solicitud de FEMA de nueve dígitos y el código del desastre (DR-4652-NM). Puede subirla en disasterassistance.com/es o enviarla por correo o fax a:

FEMA National Processing Service Center
P. O. Box 10055 Hyattsville, MD 20782-7055
Por fax: 800-827-8112; Atención: FEMA

¿FEMA reembolsa/cubre la pérdida de dependencias o residencias secundarias?

No. FEMA will provideNo. FEMA brindará asistencia por desastre a los solicitantes elegibles para una residencia principal. FEMA no considerará más de una residencia principal para un residente46 y su cónyuge. FEMA define su residencia principal como el lugar donde vive durante más de seis meses al año.

Rumor: No puedo obtener la ayuda de FEMA porque tengo seguro.

Realidad:

Aunque FEMA, por ley, no puede duplicar los beneficios del seguro, muchos propietarios descubren que no tenían suficiente cobertura del seguro para sus pérdidas y deben solicitar para verificar si son elegibles para la asistencia por desastre.

¿Me pueden reembolsar los alimentos perdidos debido al desastre?

No. La pérdida de alimentos no está cubierta por el Programa para individuos y familias (IHP) de FEMA. Las organizaciones voluntarias en el área del desastre pueden ayudarlo con sus necesidades alimentarias.

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