¿SOY ELEGIBLE PARA RECIBIR ASISTENCIA DE FEMA SI TENGO SEGURO? [https://www.fema.gov/es/fact-sheet/am-i-eligible-fema-assistance-if-i-have-insurance] Release Date: feb 9, 2025 Release Number: FS 015 FEMA no puede duplicar los beneficios proporcionando asistencia financiera cuando un seguro ha cubierto la misma necesidad; sin embargo, si el seguro no cubre la totalidad de los gastos para la recuperación FEMA podría ayudar.  TENGO SEGURO Y RECIBÍ UNA CARTA DE DENEGACIÓN DE FEMA: Si indicó en su solicitud que tiene una póliza de seguro, FEMA puede enviarle una carta de determinación que indique que no es elegible para recibir asistencia debido a su seguro. Asegúrese de leer toda la carta para confirmar el motivo de una denegación o determinación. En muchos casos, la razón suele ser que FEMA no puede duplicar los beneficios del seguro.  ¿Qué son los beneficios duplicados? * Por ley, FEMA no puede proporcionar asistencia financiera cuando cualquier otra fuente, como seguros, organizaciones benéficas, entro otros, ha otorgado fondos para la misma necesidad causada por el desastre o cuando esos fondos están disponibles de otra fuente. * EJEMPLO de una duplicación de beneficios: FEMA no puede pagar las reparaciones de una vivienda si un propietario ya ha recibido fondos suficientes de su compañía de seguros para las mismas reparaciones. * La asistencia de FEMA NO ES un sustituto del seguro y no puede compensar todas las pérdidas. Las subvenciones de FEMA están destinadas a satisfacer las necesidades básicas y complementar los gastos de recuperación por desastre del solicitante. ¿QUÉ DEBO HACER SI EL SEGURO CUBRE SOLO ALGUNAS O NINGUNA DE MIS PÉRDIDAS? * Los solicitantes asegurados deben proporcionar documentación a FEMA que identifique sus acuerdos o beneficios de seguro antes de que FEMA considere su elegibilidad para ciertos programas que pueden estar cubiertos por el seguro. * Para cargar documentos, puede visitar un Centro de Recuperación por Desastre [https://egateway.fema.gov/ESF6/DRCLocator] (enlace en inglés) o acceder en línea a disasterassistance.gov/es [http://www.disasterassistance.gov/es] * La documentación incluye, entre otros, una carta de liquidación del seguro, una declaración de beneficios o una copia de la póliza de seguro. * FEMA puede proporcionar dinero para ayudar a satisfacer las necesidades inmediatas de un solicitante cuando sus beneficios de seguro se retrasan 30 días o más por causas ajenas a su voluntad. * Si un beneficiario recibe un pago del seguro para cubrir los mismos gastos, debe reembolsar la asistencia gubernamental que recibió.