FEMA PUEDE AYUDAR CON EL DAÑO CAUSADO POR LOS TORNADOS A SU VEHÍCULO [https://www.fema.gov/es/fact-sheet/fema-can-assist-tornado-damage-your-car] Release Date: mayo 30, 2024 FEMA puede brindar asistencia para ayudar a reparar o reemplazar vehículos con seguro insuficiente que fueron dañados o destruidos por los tornados ocurridos el 14 de marzo. Se proporciona Asistencia de Transporte para vehículos cuya seguridad o la capacidad de ser conducidos se vea comprometida. Los autos con daños cosméticos solamente no son considerados. Esta asistencia está destinada a un vehículo primario por hogar a menos que se proporcione una justificación escrita que indique que más de un vehículo es esencial para el uso diario del hogar. CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD Los solicitantes no tienen que residir en uno de los once condados designados ni tener su vehículo registrado en el estado de Ohio para ser elegibles para Asistencia de Transporte, sin embargo, el vehículo impactado debe haber sufrido daño dentro de uno de los condados declarados durante el momento del desastre. El vehículo dañado debe cumplir varias condiciones: * Ser propiedad o con un contrato de arrendamiento o "lease" (no uno de alquiler) del solicitante, co-solicitante o miembro del hogar. * Estar registrado ante el estado al momento del desastre. * Cumplir con los requisitos mínimos estatales para el seguro de responsabilidad. * Debe ser un tipo de vehículo aprobado, como un automóvil, camioneta, SUV o furgoneta. ¿CÓMO APELAR? Si actualmente no es elegible para Asistencia de Transporte, lea su carta de determinación de FEMA cuidadosamente porque en ella se detallarán los documentos o la información necesarios para que se reconsidere su apelación. FEMA puede solicitar lo siguiente: * Registro del vehículo * Comprobante de seguro que demuestre tipo de cobertura, o que el vehículo cumpla con el requisito de seguro mínimo estatal. * Acuerdo de seguro o carta de denegación que indique cobertura de beneficios. * Prueba de que el daño o pérdida fue causado por el desastre, como un estimado verificable, factura o recibo.   Los solicitantes deben presentar su apelación dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su carta de determinación.   Se pueden enviar documentos adicionales a FEMA por fax o correo, en persona en un Centro de Recuperación por Desastre (DRC, por sus siglas en inglés) o por internet si tiene una cuenta de FEMA en línea. Para configurar una cuenta en línea de FEMA, visite DisasterAssistance.gov/es [https://www.fema.gov/DisasterAssistance.gov/es], haga clic en “Solicitar asistencia” y siga las instrucciones.  * POR CORREO: FEMA National Processing Service Center, P.O. Box 10055, Hyattsville, MD 20782-7055 * POR FAX: 800-827-8112, Atención: FEMA * EN PERSONA: Visite cualquier Centro de Recuperación por Desastre para presentar su apelación, recibir actualizaciones sobre su solicitud de FEMA o respuestas a sus preguntas. Encuentre un centro aquí: FEMA.gov/DRC [https://www.fema.gov/FEMA.gov/DRC]. Si tiene preguntas sobre cómo apelar, llame a la línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362. Si utiliza el servicio de retransmisión de video (VRS, por sus siglas en inglés), servicio telefónico con subtítulos u otros, facilite a FEMA el número de ese servicio.  Para obtener aún más información sobre la operación de recuperación por desastre en Ohio, visite www.fema.gov/es/disaster/4777 [https://www.fema.gov/www.fema.gov/es/disaster/4777].