Mitos y realidades: Respuestas a sus dudas

Release Date:
agosto 27, 2022

Mito: FEMA está denegando las solicitudes a todas las personas.

Realidad: Esto no es cierto. La primera respuesta de FEMA no siempre es definitiva. Más de 2,000 solicitantes lograron cambiar su decisión de no elegibles después de que hablaron con funcionarios de FEMA, descubrieron qué era lo que faltaba en sus solicitudes y presentaron los documentos necesarios. Algunos ejemplos de documentos necesarios son:

  • Evidencia de cobertura de seguro
  • Resolución de las reclamaciones al seguro
  • Comprobante de identidad
  • Comprobante de ocupación
  • Comprobante de titularidad
  • Evidencia de que la propiedad dañada era su residencia principal al momento del desastre

Llame a la Línea de ayuda de FEMA al 1-800-621-3362 o visite el Centro de Recuperación por Desastre más cerca para plantear sus preguntas y preocupaciones.

Mito: No es posible obtener ayuda de FEMA si tiene un empleo o recibe beneficios del Seguro Social.

Realidad: Recibir beneficios del gobierno como Medicare, Medicaid, Seguro Social, pensiones federales o beneficios del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés) no afectará su elegibilidad para la asistencia por desastre de FEMA. Tener empleo tampoco afecta su elegibilidad para las subvenciones de FEMA.

Mito: Si decide recibir asistencia de FEMA una vez, nunca más podrá volver a recibir ayuda de FEMA en el futuro.

Realidad: La situación de cada persona es diferente, pero la respuesta más sencilla es que esto no es cierto. FEMA no puede duplicar la asistencia que usted podría haber recibido a través de pagos de seguro, del estado o agencias voluntarias. La ayuda que brinda FEMA se destina a cubrir necesidades relacionadas con algún desastre que no estén cubiertas por otras formas de asistencia. Es importante recordar que FEMA no es un sustituto del seguro.

Mito: Si recibo asistencia por desastre de FEMA, ¿tendré que devolverla?

Realidad: El dinero que FEMA proporciona a los sobrevivientes de desastres son subvenciones que no requieren ser devueltas.

Mito: ¿FEMA no ayuda a inquilinos?

Realidad: Los inquilinos cuyas viviendas y bienes se hayan visto dañados por un desastre pueden solicitar asistencia federal. Las subvenciones de FEMA pueden ayudar a pagar una vivienda provisional para los inquilinos. Los inquilinos también podrían ser elegibles para el remplazo o la reparación de propiedad personal necesaria, como muebles, electrodomésticos, vestimenta, libros de texto o suministros escolares; el remplazo o la reparación de herramientas y otros equipos que utilizan quienes trabajan por cuenta propia; vehículos principales; y gastos médicos, dentales, de cuidado infantil, mudanza o de almacenamiento pagados directamente o no cubiertos por el seguro.

Mito: La asistencia de FEMA para realizar reparaciones es de apenas cerca de $200.

Realidad: La asistencia de FEMA puede ser de hasta $37,900 para pagar por obras esenciales que permitan que una vivienda sea segura, salubre y funcional. Esto incluye tener elementos funcionales como baños, techo, servicios públicos indispensables, ventanas y puertas en su vivienda. Si recibió una subvención por menos de $200, debería comunicarse con FEMA llamando al 800-621-3362 o presentar una apelación de inmediato. Estos pagos de sumas pequeñas están destinados a pagar por cotizaciones de contratistas, no por las reparaciones en sí.

 

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